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Gestión técnica urgente: obtenga la documentación obligatoria para vender o alquilar sin retrasos.
Sin Cédula y sin Certificado Energético, su venta o alquiler está bloqueado.
En Cataluña, el Decreto 67/2015 y la normativa europea hacen imprescindible aportar estos documentos originales y vigentes en el momento de la firma ante
notario o al depositar la fianza de un alquiler. Un error común es descubrir que la cédula está caducada o que los datos de superficie no coinciden con la
escritura días antes de la operación, paralizándolo todo.
En YLeyva & Asociados coordinamos la parte técnica con la administrativa para que esto no ocurra.
No solo enviamos a un arquitecto; gestionamos el ciclo completo. Desde la inspección física del inmueble hasta el registro del expediente en la Agència de
l'Habitatge y el ICAEN. Revisamos que los datos técnicos coincidan con su escritura y Catastro para evitar discrepancias que el notario pueda rechazar,
entregándole la documentación lista para la firma.
¿Qué incluye nuestro Pack Técnico?
A. Cédula de Habitabilidad (CH)
• Inspección Técnica: Visita de un arquitecto o aparejador colegiado para verificar que la vivienda cumple los requisitos mínimos de
habitabilidad (superficie, ventilación, equipamiento).
• Tramitación Administrativa: Gestión de Cédulas de Segunda Ocupación (renovaciones) o Primera Ocupación (obra nueva/rehabilitación) ante la Generalitat.
• Resolución de Deficiencias: Si la inspección es desfavorable, le asesoramos sobre las pequeñas reformas necesarias para obtener el certificado apto.
B. Certificado de Eficiencia Energética (CEE)
• Emisión de la Etiqueta: Análisis de la envolvente térmica y las instalaciones para determinar la calificación (de la A a la G).
• Registro en el ICAEN: Inscripción obligatoria en el Institut Català d'Energia para obtener la Etiqueta Oficial válida.
• Recomendaciones de Mejora: Informe de medidas para mejorar la calificación y revalorizar el inmueble de cara a la venta.
C. Pack Dúo (Ahorro y Agilidad)
• Coordinación Unificada: Realizamos ambas inspecciones en una sola visita para molestar lo mínimo al propietario o inquilino, ofreciendo una tarifa reducida por la gestión conjunta.
Preguntas Frecuentes
1. "¿Puedo vender o alquilar mi piso si la Cédula de Habitabilidad ha caducado?"
No. El notario exigirá el documento original vigente para autorizar la escritura de compraventa1. En el caso del alquiler, es obligatorio entregar una copia al inquilino y hacer constar el número de cédula en el contrato. Si está caducada, debe renovarse obligatoriamente pasando una nueva inspección técnica. Nosotros coordinamos la visita urgente para iniciar el trámite de renovación inmediatamente.
2. "¿Es obligatorio el Certificado Energético si el piso es muy antiguo?"
Sí, es obligatorio para todas las viviendas que se vendan o alquilen por más de 4 meses, independientemente de su antigüedad (Real Decreto 390/2021). De hecho, es obligatorio mostrar la calificación energética (la letra) en cualquier anuncio publicitario del inmueble. No tenerlo puede derivar en sanciones de consumo. Nosotros tramitamos el registro en el ICAEN para que pueda anunciarse cumpliendo la ley.
3. "¿Cuánto tardan en darme los documentos? Tengo prisa para firmar."
La inspección técnica es rápida (24-48h), pero la Administración tiene sus plazos. La Generalitat suele tardar unos 30 días hábiles en emitir la Cédula física tras la solicitud. Sin embargo, en YLeyva & Asociados le entregamos el "resguardo de solicitud" al momento, que en muchos casos permite al notario ir preparando la escritura o incluso firmar si se pacta una exoneración temporal entre las partes.
4. "¿Qué vigencia tienen estos documentos?"
En Cataluña, la Cédula de Habitabilidad de segunda ocupación tiene una vigencia de 15 años (25 años si es de primera ocupación). El Certificado Energético caduca a los 10 años (o a los 5 años si la calificación es G). Revisamos gratuitamente el estado de sus documentos para avisarle si necesita renovarlos antes de poner su piso en el mercado.
5. "La superficie que pone en mi Cédula no coincide con la Escritura. ¿Es un problema?"
Es muy habitual. La Cédula mide "superficie útil interior", mientras que la escritura o Catastro suelen reflejar "superficie construida". Si la discrepancia es muy grande, el notario o el banco del comprador pueden poner pegas para la hipoteca. Nuestro equipo técnico verifica estas mediciones antes de registrar el expediente para evitar bloqueos en la tasación bancaria.
6. "¿Qué pasa si el arquitecto dice que mi piso no cumple los requisitos?"
Si la inspección es desfavorable (falta de ventilación, cocina sin equipar, altura insuficiente), la Generalitat denegará la cédula. En ese caso, la vivienda no puede venderse como tal (solo como local o estudio). Nosotros le entregamos un informe previo indicando las reformas mínimas necesarias para subsanar los defectos y conseguir el "Apto" administrativo.
7. "Si heredo un piso, ¿necesito la Cédula para ponerlo a mi nombre?"
Para aceptar la herencia no es estrictamente obligatorio (aunque sí recomendable para liquidar impuestos correctamente). Sin embargo, es imprescindible si usted pretende venderlo o alquilarlo posteriormente, o incluso para dar de alta los suministros de luz, agua y gas. Gestionamos la cédula simultáneamente al trámite de herencia para que el piso quede listo para su uso inmediato.
8. "¿Quién paga estos certificados, el comprador o el vendedor?"
Según la Ley 18/2007, la obligación de entregar la vivienda con la documentación de habitabilidad y eficiencia energética vigente recae exclusivamente sobre el vendedor o arrendador. Es un coste que debe asumir el propietario antes de la firma.
9. "Mi piso está para reformar integralmente, ¿puedo venderlo sin Cédula?"
Existe una excepción llamada "Certificado de Exoneración", donde se permite vender sin cédula si el comprador (normalmente profesional) declara en notaría que va a reformar la vivienda integralmente y asume la obligación de obtenerla después. Es una operación técnica compleja que requiere un informe de un arquitecto. Nosotros gestionamos este informe de exoneración si su caso lo permite.
10. "¿Por qué contratar el pack con YLeyva & Asociados y no a un técnico por internet?"
Porque los técnicos "low cost" suelen limitarse a enviar el papel, desentendiéndose si la Generalitat hace un requerimiento posterior o si hay errores en los datos registrales. Nosotros no solo enviamos al técnico; supervisamos el expediente administrativo hasta que usted tiene el documento original en la mano, garantizando que es válido para su operación notarial.















